ORDEN DE COMPRA POR CATÁLOGO ELECTRÓNICO |
Orden de compra:
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CE-20200001824570 |
Fecha de emisión:
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12-03-2020
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Fecha de aceptación:
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16-03-2020
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Estado de la orden:
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Revisada
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DATOS DEL PROVEEDOR |
Nombre comercial:
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Razón social:
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JURADO VILLAGOMEZ EDISON ANCIZAR
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RUC:
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1710059575001
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Nombre del representante legal:
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Correo electrónico el representante legal:
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edison1jurado@hotmail.com
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Correo electrónico de la empresa:
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edison1jurado@hotmail.com
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Teléfono:
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2547761 2900290
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Tipo de cuenta: |
-- |
Número de cuenta: |
-- |
Código de la entidad financiera: |
-- |
Institución financiera: |
-- |
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DATOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE |
Entidad contratante:
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DIRECCION DISTRITAL 17D05 PARROQUIAS URBANAS (LA CONCEPCION A JIPIJAPA) Y PARROQUIAS RURALES (NAYON ZAMBIZA) MIES
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RUC:
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1768171270001
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Teléfono:
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02-2902575
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Persona que autoriza:
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Teobaldo Cevallos Suarez
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Cargo:
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REPRESENTANTE LEGAL
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Correo electrónico:
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teobaldo.cevallos@inclusion.gob.ec
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Nombre funcionario encargado del proceso:
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MARBIN YICENIA CANDELA CEDEÑO
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Correo electrónico:
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marbin.candela@inclusion.gob.ec
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Dirección de entrega:
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Provincia: |
PICHINCHA |
Cantón: |
QUITO |
Parroquia: |
MARISCAL SUCRE |
Calle: |
AV. 6 DE DICIEMBRE |
Número: |
N23-93 |
Intersección: |
Y WILSON |
Edificio: |
MIES |
Departamento: |
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Teléfono: |
02-2902575 |
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Datos de entrega:
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Horario de recepción de mercaderia:
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8H00 - 12H00 |
Responsable de recepción de mercaderia:
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Marbin Candela o Mario Aguilar |
Observación:
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LOS MATERIALES SERÁN ENTREGADOS A LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL DE ATENCIÓN DIRECTA DE LA DIRECCIÓN DISTRITAL QUITO CENTRO. POR FAVOR COMUNICARSE CON MARBIN CANDELA PARA LA ELABORACIÓN DE LA FACTURA AL 2902575. YA QUE EXISTEN COMPRAS CON PROGRAMAS DIFERENTES O EN TODO CASO REALIZAR FACTURA POR ORDEN DE COMPRA. |
Los pagos de la presente orden de compra se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la Entidad Contratante relacionados con la partida presupuestaria correspondiente. La partida presupuestaria deberá certificarse por la totalidad de la orden de compra incluyéndose el IVA.
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Cuando el valor de la orden de compra fuere inferior al valor resultante de multiplicar el coeficiente 0,000003 por el monto del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, el pago se realizará contra entrega.
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Para el pago, la entidad contratante deberá requerir la copia del acta de entrega - recepción, copia de la orden de compra y la factura correspondiente; sin que estas condiciones modifiquen procesos administrativos financieros internos de cada entidad.
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El pago de los bienes o servicios, objeto de la presente orden de compra será en dólares americanos y será efectuado directamente por cada entidad contratante a una cuenta cuyo beneficiario sea el proveedor cuya información consta en la presente orden de compra, dentro de los 30 días siguientes suscrito el acta de entrega recepción definitiva.
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Si la entidad contratante otorga un anticipo a la presente orden de compra y, siempre y cuando el monto de la adquisición supere el valor resultante de multiplicar el coeficiente 0,000003 por el monto del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, el proveedor deberá cumplir con la entrega de la correspondiente garantía de buen uso de anticipo por el 100% de su valor. Solo si la información de la cuenta de pago no está registrada en la presente orden de compra, o en caso de que la transferencia de pago no se haya podido instrumentar, la entidad contratante seguirá los procedimientos que para el efecto determine el ente rector de Finanzas Públicas.
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Es de exclusiva responsabilidad del proveedor registrar una cuenta que este a su nombre y en una entidad financiera que este habilitada a recibir transferencias por parte del Estado.
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APLICACIÓN DE MULTAS |
Cuando el proveedor entregue los bienes o servicios en fecha posterior al término ofertado y/o acordado, se aplicará la multa establecida en el convenio marco por cada día de retraso sobre el valor de la orden de compra. La aplicación de la multa estará a cargo de la entidad contratante que ha sido perjudicada con el retraso. El valor de las multas será cancelado por el proveedor o descontado/deducido del pago que la entidad contratante deba efectuar al proveedor y cuya responsabilidad le corresponde a la entidad contratante que generó la orden de compra.
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APROBACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
Esta orden de compra está sometida a todas las obligaciones contraídas por el proveedor en el Convenio Marco suscrito con el SERCOP, contrato que forma parte integrante de la presente orden de compra.
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La entidad contratante está obligada a ingresar toda la información referente a la entrega de los bienes y servicios en el portal Institucional
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